Por no pagar la cuota alimentaria de su hijo, un hombre no podrá utilizar su celular ni practicar su deporte habitual hasta que no regularice la situación.
El Juzgado de Familia de Cipolletti condenó a un padre que
incumple sistemáticamente con el pago de la cuota alimentaria y no podrá
asistir al gimnasio ni utilizar su celular.
Como parte de la prueba ofrecida, se informó en el
expediente las actividades que realiza el progenitor. En consecuencia la
magistrada le ordenó a los titulares del gimnasio al que asiste para que le
prohibieran el ingreso al padre deudor.
Asimismo, ordenó la suspensión de las líneas telefónicas
fijas y de celulares que estén registradas a nombre del condenado. Para ello le
envió oficios a todas las compañías.
Todas las medidas tendrán vigencia hasta que se acredite el
cumplimiento de las cuotas adeudadas. Incluso se enviaron comunicaciones a la
municipalidad y a la Asociación de Deportes de Contacto de la Patagonia
Argentina. Como tercera medida, el hombre tiene impedido participar de los
encuentros regionales de kickboxing, actividad que practica.
“Conformo a la Convención de los Derechos del Niño, el
Estado debe obligarse a garantizar con absoluta prioridad el ejército de los
derechos de los niños, niñas y adolescentes con una tutela judicial efectiva en
tiempo útil, más aún cuando la normativa vigente habilita a la suscripta a
imponer al alimentante incumplidor medidas razonables para asegurar la eficacia
de la sentencia dictada”, resaltó el fallo.
Fuente >diario Judicial