viernes, 25 de marzo de 2022

QUE ES UN PROGENITOR AFIN?

 



Seguramente muchas veces escuchaste hablar del progenitor afín y no sabes a quien se refiere.

Quizás suene un término no muy común pero en la práctica lo vemos a diario y ahora te vas a dar cuenta:
️Se denomina progenitor afín al cónyuge o conviviente que vive con quien tiene a su cargo el cuidado personal del niño o adolescente.
️Con esta figura el Código incorpora a las familias ensambladas convierte en un pariente por nexo “socioafectivo”, muchas veces, incluso, llega a ocupar una centralidad mayúscula y con responsabilidades más relevantes que la de los progenitores negligentes o ausentes.
Los progenitores afines, aún frente a la ruptura de convivencia o matrimonio, pueden ser obligados a sufragar una cuota alimentaria en favor de los hijos de su ex cónyuge o ex conviviente. Dicha prestación será EXCEPCIONAL, de carácter asistencial y subsidiario.
️Asimismo, el cónyuge o conviviente de un progenitor debe cooperar en la crianza y educación de los hijos del otro, realizar los actos cotidianos relativos a su formación en el ámbito doméstico y adoptar decisiones ante situaciones de urgencia.
️El progenitor a cargo del hijo puede delegar en su cónyuge o conviviente, es decir en el progenitor afín, el ejercicio de la responsabilidad parental. SÓLO CUANDO, no estuviera en condiciones de ejercerla en forma plena por razones de viaje, enfermedad o incapacidad, y siempre que no exista la posibilidad de ser ejercida por el otro progenitor, o ello no fuera conveniente.

Verónica Velasco

Abogada- Mediadora⁣⁣

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𝐄𝐦𝐚𝐢𝐥: veronica.a.velasco@gmail.com

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ROSARIO SUSPENDEN LA LICENCIA DE CONDUCIR A UN PADRE QUE DEBE LA CUOTA ALIMENTARIA

 



La jueza Andrea Brunetti resolvió retirarle el registro a un hombre que hace más de un año que no cumple con la obligación monetaria y tampoco respondió las intimaciones judiciales

El Tribunal Colegiado de Familia Nº 7 a cargo de la jueza Andrea Brunetti resolvió este viernes suspender la licencia de conducir de un hombre que hace más de un año que no cumple con el pago de la cuota alimentaria de su hija. La resolución se da en simultáneo con un proyecto que ingresó al Concejo municipal que va en sintonía con esta acción. 

Según detallaron desde el juzgado, en noviembre del 2020 se le fijó al padre el pago de un arancel mensual en favor de su hija. Pese a esto, el hombre nunca abonó esta cuota por lo que fue inscripto en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos y se lo intimó a pagar bajo apercibimiento de una multa diaria de casi tres mil pesos.

La resolución de la jueza Andrea Brunetti fue recurrida, pero deberá cumplirse de inmediato. En julio del año pasado debía 470.000 pesos. Fue intimado varias veces por el tribunal para el pago de la deuda por alimentos, pero siguió incumpliendo.

Fueron infructuosas las medidas ordenadas a fin de lograr el cumplimiento de su obligación en garantía del derecho humano alimentario de su hija. En la resolución la magistrada afirmó que “el incumplimiento del progenitor a la obligación alimentaria violenta el derecho de los hijos e hijas a un nivel de vida adecuado e impide la máxima satisfacción de sus derechos”.

Agregó que “el derecho humano alimentario de una niña de cuatro años de edad debe ser priorizado frente a cualquier otro derecho”. Asimismo, la jueza Brunetti dispuso oficiar al Ministerio Público de la Acusación a fin de requerir la
investigación de los posibles delitos de desobediencia a una orden judicial e incumplimiento de los deberes de asistencia familiar de la niña. También ordenó la suspensión de la tarjeta azul para el manejo de un vehículo furgón y de un camión.



Se comunicó la resolución a una comuna de la provincia de Santa Fe, autoridades de tránsito y seguridad provincial y nacional, Registro Nacional del Automotor, Policía de Santa Fe, Gendarmería Nacional y Prefectura Naval Argentina.


Proyecto de ordenanza

En sintonía con esta decisión judicial, el Concejo Municipal de Rosario discute en comisiones un proyecto de la edila Jesica Pellegrini que propone utilizar el Registro de Deudores Alimentarios Morosos, que actualiza mensualmente el Poder Judicial, para impedir que estas personas puedan renovar o sacar por primera vez las licencias

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sábado, 12 de marzo de 2022

MATRIMONIO DE HOMBRES FUE AUTORIZADO POR LA JUSTICIA A SER PADRES MEDIANTE UNA GESTACIÓN POR SUSTITUCIÓN

 



Una pareja de hombres podrá convertirse en padres gracias a la técnica de reproducción asistida de gestación por sustitución.

La Justicia de Familia de Rosario autorizó a un matrimonio de hombres y a una mujer a realizar la técnica de reproducción humana asistida de gestación por sustitución. La pareja fue patrocinada por la abogada María del Carmen Gaudio.

En la resolución el juez Ricardo Dutto ordenó que el nacido/a sea hijo/a de la pareja y de esa forma será inscripto en el Registro Civil. El matrimonio tendrá el compromiso de dar a conocer a su hijo/a su origen gestacional, debiendo proporcionarse la información pertinente con ajuste a la edad y grado de madurez.
Los hombres se encuentran unidos en matrimonio desde hace 6 años y la vida en pareja de 11 años de antigüedad tuvo su origen en España. Con la gestante los une un vínculo de amistad. La mujer está casada y tiene hijos.

Viajan periódicamente de Argentina a España por el trabajo de uno de ellos.
Recurrieron a un centro de fertilidad asistida y les aconsejaron que podrían ser padres a través de técnicas de reproducción humana asistida con semen homólogo, ovodonación y útero subrogado.

El material genético se encuentra criopreservado en el país desde hace 6 años.
El embarazo será llevado a cabo por la libre disposición e intención de la gestante con los gametos aportados por el padre intencional y ovocito de donante anónima.
Afirmó en la resolución el juez Dutto que “se trata de una práctica que se despliega en un escenario de proliferación de nuevas estructuras familiares facilitada por un lado, por la propia evolución de las sociedades hacia una mayor aceptación de familias homoparentales y monoparentales, en tanto que por otro, influyen los avances y la popularización de la tecnología reproductiva”.

Agregó el magistrado que “resulta esclarecedor hablar del derecho a la procreación como una manifestación del derecho a formar una familia. La decisión de ser madre o padre, así como la decisión de no serlo, constituyen derechos humanos fundamentales que reflejan el ejercicio del derecho a la autodeterminación y a la libertad reproductiva”.

Destacó también que “el avance tecnológico, dentro del área de las ciencias biológicas, genera un replanteamiento de los principios morales básicos, principalmente ante el impacto que generan la reproducción humana asistida junto a la ingeniería genética que ha permitido sustituir el método de la reproducción sexual “natural”, emergente de una nueva realidad familiar que lleva a la necesidad de abordar la protección del bien jurídico vida y su integridad”.

Fuente : Version  rosario

miércoles, 2 de marzo de 2022

¿¿QUIEN SE QUEDA CON LOS GATOS?

 


LA PAREJA COMPARTÍA EL CUIDADO DE SUS MASCOTAS. LA JUSTICIA HIZO LUGAR AL PEDIDO DE LA MUJER. EL DESAFÍO ES QUE LOS ANIMALES SEAN CONSIDERADOS "SERES SINTIENTES" Y NO "COSAS"

El Tribunal de Familia 4  a cargo de la  jueza Dra. Ana Galetto, con el patrocinio de las abogadas Marisa Wittmann y Natalia Suárez la mujer planteó un régimen de cuidado y compañía de las mascotas, en el marco de una causa de régimen de “contacto y cuidado compartido”, por entender que con su pareja constituyeron una familia interespecie tras 15 años de convivencia. Se consideró a los animales como seres “sintientes” y no como cosas.

Si bien no tuvieron hijos, ambos compartían la crianza y el cuidado de sus 3 gatos. Al separarse, se fue de la casa y estas quedaron con su ex pareja. Según explicó, el hombre no le permitía ver a sus gatos, de los cuales ella se encargaba de alimentar, llevarlos al veterinario y darle cariño y cuidados.

Ella las quería ver, pero él no se lo permitía. El nuevo Código Civil y Comercial de la Nación sigue considerando que los animales son cosas.

. La jueza convocó a las partes a una audiencia. En la misma decidieron que la mujer se quede con los 3 gatos, que desde la separación de la pareja estaban con el hombre en su casa.

¿Qué te parece el fallo?

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Los hermanos deben cubir la cuota alimentaria

  Una mujer inició un proceso por alimentos donde requirió una cuota alimentaria provisoria equivalente al 150% de un SMVM (hoy $202.800) pa...