miércoles, 3 de febrero de 2021

NOVEDOSO NUEVO FALLO DE JUICIO POR ALIMENTOS-NOTIFICACIONES EN EL EXTRANJERO. USO DE WHATSAPP O MAIL.

 


¿PORQUE? DIGO QUE ES NOVEDOSO ESTE FALLO?

PORQUE EL DEMANDADO SE HALLABA  EN EL EXTRANJERO  Y FUE  NOTIFICADO POR WHATSAPP

1.-El juez de primera instancia había desestimado  pedido de la actora, de notificar la fijación de alimentos provisorios del  mediante el sistema de WhatsApp. Consideró que esa vía no reúne las formalidades necesarias para la construcción de actos procesales válidos como sustento de un avance eficaz y seguro del proceso.

2.- Por lo que la actora inicio la Apelación Señala que el tiempo que demorará una notificación por vía de exhorto internacional en las condiciones sanitarias actuales, incluso con la posibilidad latente de que la misma tenga resultado infructuoso, atenta contra la efectiva tutela de los derechos que aquí se discuten.

3 .- No hay que olvidar que se estaban pidiendo ALIMENTOS PROVISORIOS DE UN NIÑO que tienen por finalidad afrontar las necesidades esenciales y que en razón de su naturaleza no pueden ser dilatados ni postergados ( sumado que era en época de emergencia sanitaria que implicaba más tiempo )

5.- Por consiguiente, corresponde autorizar la notificación por medio del servicio de WHATSAPP de la resolución que fija los alimentos provisorios, bajo responsabilidad de la parte actora y por el plazo que corresponda al número de celular que informe la solicitante, bajo su responsabilidad, como correspondiente al alimentante.

Pero si no fue factible hacerla por WhatsApp se enviara un correo electrónico (al correo de la demandada  que denuncie la actora) adjuntando en archivo PDF el contenido indicado

Por todo lo expuesto, el Tribunal revocó la decisión de primera instancia y habilito notificar via  por vía WhatsApp o por e-mail, de considerarlo conveniente  la resolución condenatoria de alimentos provisorios o definitivos en favor del niño

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