martes, 12 de febrero de 2019

Que el ex pague el canon locativo



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La Cámara Civil resolvió que el ex cónyuge que continúa habitando de manera exclusiva el hogar conyugal luego del divorcio, debe un canon locativo a favor del otro
La Cámara Nacional en lo Civil obligo a un  hombre a abonarle a su ex mujer un canon locativo mensual por ocupar de manera exclusiva el hogar conyugal
Si bien el demandado sostuvo que continúa viviendo allí por retiro intempestivo de su esposa, los miembros del Tribunal señalaron que no pudo demostrar la decisión de la mujer haya obligado a permanecer a permanecer en el lugar y acceder a uso exclusivo del inmueble.
La sentencia dictada hizo lugar a la demanda entablada condenando al ex marido  a abonarle mensualmente la suma de Pesos Sesenta Mil ($60.000) en concepto de canon locativo por el uso exclusivo que hace de la propiedad  desde la fecha de la mediación hasta su efectiva desocupación con más las costas del juicio
El demandado intenta defenderse diciendo que  no firmó la autorización de venta del inmueble objeto de autos sino hasta febrero de 2017, es decir, casi un año después de la fecha en que se retiró del hogar, que no fue privada del uso del mismo y la falta de consideración de las condiciones familiares actuales, ya que el hecho de poseer una vivienda costosa no implica contar con fondos suficientes para mantenerle o abonar un canon como el establecido.
En cuanto a los fundamentos de la actora, omite ésta que la jueza tuvo en cuenta en su pronunciamiento la proporción del canon locativo en relación al precio de venta que ella misma estipuló en su escrito postulatorio y lo adecuó al precio acordado por las partes en la autorización de venta de manera que en modo alguno se advierte que al resolver el caso se haya apartado de la cuestión tal como la introdujeron las partes o de las demás constancias
Fuente: Diario judicial


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