
La Cámara Civil resolvió
que el ex cónyuge que continúa habitando de manera exclusiva el hogar conyugal
luego del divorcio, debe un canon locativo a favor del otro
La Cámara Nacional en lo Civil obligo a un hombre a abonarle a su ex mujer un canon
locativo mensual por ocupar de manera exclusiva el hogar conyugal
Si bien el demandado sostuvo que continúa viviendo allí por
retiro intempestivo de su esposa, los miembros del Tribunal señalaron que no
pudo demostrar la decisión de la mujer haya obligado a permanecer a permanecer
en el lugar y acceder a uso exclusivo del inmueble.
La sentencia dictada hizo lugar a la demanda entablada condenando
al ex marido a abonarle mensualmente la
suma de Pesos Sesenta Mil ($60.000) en concepto de canon locativo por el uso
exclusivo que hace de la propiedad desde
la fecha de la mediación hasta su efectiva desocupación con más las costas del
juicio
El demandado intenta defenderse diciendo que no firmó la autorización de venta del inmueble
objeto de autos sino hasta febrero de 2017, es decir, casi un año después de la
fecha en que se retiró del hogar, que no fue privada del uso del mismo y la
falta de consideración de las condiciones familiares actuales, ya que el hecho
de poseer una vivienda costosa no implica contar con fondos suficientes para
mantenerle o abonar un canon como el establecido.
En cuanto a los fundamentos de la actora, omite ésta que la
jueza tuvo en cuenta en su pronunciamiento la proporción del canon locativo en
relación al precio de venta que ella misma estipuló en su escrito postulatorio
y lo adecuó al precio acordado por las partes en la autorización de venta de
manera que en modo alguno se advierte que al resolver el caso se haya apartado
de la cuestión tal como la introdujeron las partes o de las demás constancias
Fuente: Diario judicial
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