sábado, 5 de abril de 2014

Régimen de visitas a favor de la abuela

Conceden un régimen de visitas a la abuela paterna de dos menores cuya madre se oponía al contacto. Baja el fallo completo.
              La Cám. Nac. de Apelaciones en lo Civil de la Capital Federal concedió un régimen de visitas, de acuerdo a un procedimiento gradual y con la intervención del Ministerio Público Pupilar, a la abuela paterna de dos menores, cuya progenitora se oponía al mismo alegando que ello implicaba someter a los niños a tener vinculación con la persona que negó los actos cometidos por el padre de los menores (denunciado por violencia y abuso y, posteriormente, sobreseído) en perjuicio de ellos.
                  Para así decidir el Tribunal entendió que no se advertían óbices indicadores de una situación de riesgo para los menores, que justifiquen denegar el régimen de contacto pedido y, por lo tanto, no corresponde negar a la actora el derecho de vinculación con sus nietos, ya que si bien existe alguna conducta reprochable en el padre, no puede ni debe perderse de vista que la abuela no se encuentra invalidada legalmente para hacer efectivos sus derechos.

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