sábado, 15 de marzo de 2014

Condenan a médica y sanatorio por la muerte de una nena


La pequeña de seis años ingresó al centro de salud por un cuadro de resfrío y cuatro días después murió en la terapia intensiva de otro hospital. Sucedió hace 15 años. Ahora la Justicia obligó a la profesional que la trató y a la primera institución a resarcir a sus padres

Después de 15 años, los padres de M., una pequeña de 6 años que ingresó con un cuadro de resfrío a un sanatorio privado de la ciudad y falleció cuatro días después en otro, escucharon el fallo que esperaban. La Justicia condenó al centro de salud y a la pediatra que trató a la niña por “conducta negligente, imperita, imprudente y falta de deberes a su cargo”. Deberán pagar, costas incluidas, 4 millones de pesos. 

Según se pudo reconstruir a partir de la resolución de los jueces José Luis Bentolila, Viviana Cingolani y Néstor García, M. –quien hoy tendría 21 años– padecía dolor de garganta y fiebre por lo que su madre la llevó al médico quien le diagnosticó una angina bacteriana y le recetó un medicamento. Esto sucedió el 15 de junio de 1999. 

Pero como a los días M. no mejoraba, su mamá decidió llevarla a la guardia, preocupada porque la veía deshidratada. Sin embargo, la pediatra que la atendió descartó la opinión de la mamá y la envió de vuelta a su casa con un nuevo medicamento. 

M., sin embargo, no podía tenerse en pie, se la notaba muy decaída y tenía diarrea. Esa madrugada vomitó sangre y su madre ya no quiso esperar más. Llamó a su pediatra de cabecera y le contó lo que pasaba. El profesional le recomendó entonces que la llevara inmediatamente al sanatorio para internarla, pero como no había camas disponibles la derivaron a otro centro de salud luego de comenzar a hidratarla por vía intravenosa. Pero al llegar allí la volvieron a derivar, esta vez a la terapia intensiva pediátrica de otra institución donde finalmente murió el 19 de junio.

De acuerdo a la opinión experta del médico perito, si la niña hubiera sido internada cuando la madre se lo pidió a la pediatra, hubiera tenido chances de vida. 

“Todo cuadro febril, acompañado por vómitos, diarreas y por deshidratación debe ser objeto de internación”, evaluó y apuntó que otra falla tuvo que ver con la falta de un registro único sobre la evolución de la paciente. 

“Si al niño lo ven distintos médicos cada vez, la única que en realidad sabe si está mejor o peor es la madre. (…) Si hubiera habido una historia clínica podría haber sido distinto. No hay un registro. Acá todos los médicos trabajaron sin un registro de lo que había sucedido el día anterior”, señaló. 

De este modo, los magistrados entendieron que la pediatra incurrió en culpa al no disponer la internación de la chiquita, lo que constituyó una “conducta negligente”. Además, le “prescribió medicación oral a una paciente que presentaba cuadro de vómitos (conducta imperita), la envió de regreso a su casa con un cuadro febril y deshidratación (conducta imprudente), y registró inadecuadamente desde el punto de vista documental el caso (conducta que evidencia incumplimiento de deberes a su cargo)”. 

Se condenó también al sanatorio porque tiene la obligación de garantizar la confección de historias clínicas de los pacientes.
 

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