Fallo inédito en La Plata a favor de un niño para que no sea obligado a una revinculación con su padre por violencia física y psicológica
En
las últimas horas, el Juzgado de Familia N° 2 de La Plata, hizo lugar al pedido
de un menor de 12 años y ordenó la interrupción de la revinculación con su
padre ordenada judicialmente.
El
fallo inédito que priorizó y escuchó los deseos del niño ocurrió en nuestra
Ciudad gracias al trabajo ejercido por el equipo de profesionales de Las
Mirabal ONG. Tanto la presidenta de la asociación, la doctora Flavia Centurión
como la licenciada Marcela Marcos asumieron el patrocinio jurídico de un niño
que no quería cumplir una orden judicial de revinculación con su padre, por
haber sido violentado física y psicológicamente por el mismo.
Hace
cuatro años que el niño es obligado, por órdenes judiciales, a revincularse con
un padre que lo ha violentado gravemente. El hombre fue denunciado, en varias
oportunidades, por maltratos físicos y psicológicos graves.
Gracias
a la presidenta del centro de estudiantes de su colegio el niño pudo
contactarse con la ONG Las Mirabal. “Nosotras tuvimos que hablar con todos sus
vínculos familiares y realizar varias entrevistas. El objetivo de esas
entrevistas era relevar la opinión genuina del niño. En todo el proceso
estuvimos acompañadas por una psicóloga”, reveló la abogada Flavia Centurión.
Y
agregó: “En este recorrido, concluimos
que estaba siendo sometido a un proceso que para él era una tortura y que
implicaba ir a los espacios de revinculación de manera obligada. Hablar
constantemente de lo que le pasó con este padre violento para él implica una
revictimización constante con un impacto absolutamente negativo en su
desarrollo”.
A
partir de dicha conclusión las abogadas aceptaron el patrocinio letrado, por
supuesto siempre acompañadas por una psicóloga. El juzgado aceptó el patrocinio
y es también este hecho un antecedente
porque es un patrocinio jurídico de letrados que no están en el registro de
abogados de niños de la Provincia, pero el juez priorizó la confianza y el
trabajo que hicieron las Mirabal en esta materia. Por eso, el fallo del juzgado
de familia es inédito porque se dio lugar a la petición del menor.
En
relación al espacio de revinculación paterna-filial la resolución establece: "Nuestra vasta experiencia nos indica
que la presión de obligar a un menor a una revinculación, que al parecer no
responde a sus deseos, no es la vía para resolver su rechazo”. Y agrega: “El
espacio debe ser aceptado por el niño y visibilizado como un aporte a su
bienestar psíquico y no como una respuesta a las necesidades de los adultos”.
En
relación a una revinculación forzada “la instancia judicial más que forjarse
como espacio de protección, a fin de salvaguardar los derechos del niño y velar
por su integridad emocional, inscribe constante efectos negativos en la esfera
subjetiva del menor", señalaron.
Finalmente Flavia
Centurión señaló: “A
nosotras nos parece histórico porque es una excepción ya que la regla es
disponer la revinculación a como dé lugar, incluso en casos de abuso sexual.
Nosotras decimos que todos estos fallos que disponen la revinculación en contra
de la voluntad de un niño o directamente sin escuchar al niño, tienen un
denominador común que es la idea de la importancia del padre de familia. Esta
idea conservadora de familia que prioriza los derechos de este varón padre”.
No hay comentarios:
Publicar un comentario