lunes, 11 de febrero de 2019

¿Que es el divorcio unilateral o express?


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Eso de que "los esposos se deben mutuamente fidelidad" ya no va más. Al menos no para la ley. Tampoco es necesaria la voluntad de ambos cónyuges para poner fin a un matrimonio. Ni deberán haber pasado tres años de casados antes de que dos personas puedan divorciarse. Todo, desde la puesta en vigencia del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación.
Así las cosas, la fidelidad dejará de ser un deber conyugal y ya no existe más como causa de divorcio, tal como lo establecía el anterior código en Argentina
Ahora, la norma establece que los cónyuges sólo se deben "asistencia recíproca" y "alimentos entre sí" mientras que antes el artículo 198 planteaba que los esposos se debían mutuamente "fidelidad, asistencia y alimentos".
"A diferencia del anterior proceso para llevar a cabo un divorcio, en este se gana rapidez, sencillez y no hace falta demostrar una causa o motivo, así como tampoco esperar los tres años de matrimonio para iniciar los trámites
"Ya no hace falta demostrar una causa o motivo para divorciarse, como tampoco es necesario esperar tres años de matrimonio para iniciar el trámite"
A partir de ahora ya no hay causales, cada uno se divorcia por sus razones y éstas son privadas y sobre que ya no rija la obligación de fidelidad "eso no significa que no exista el deber de fidelidad moral pero ya no lo considera el código".
"El divorcio viene acompañado de una propuesta resolutoria, sobre cómo resolver la tenencia de los hijos, el régimen de visitas, los alimentos y distribución de bienes, que si es aceptada por las dos partes el trámite termina ahí, si no, se inicia un proceso, pero de todos modos ya están divorciados",
Esto está así establecido en el artículo 438, según el que "toda petición de divorcio debe ser acompañada de una propuesta que regule los efectos derivados de éste". Y continúa el mismo artículo: "Las propuestas deben ser evaluadas por el juez, debiendo convocar a los cónyuges a una audiencia. En ningún caso el desacuerdo en el convenio suspende el dictado de la sentencia de divorcio".
Sobre qué establece el divorcio exprés, "fija que para tramitar un divorcio en la nueva ley argentina los únicos requisitos son voluntad expresa de al menos uno de los esposos y datos referidos al matrimonio".
"compensación económica"  es otra de las variantes que modificó la reciente norma. "Dentro de los seis meses de tomar conocimiento de algo que le hizo daño, como un engaño, toda persona tiene derecho de pedir un resarcimiento económico", explicó, al tiempo que agregó que existe otro tipo de compensación, "que es la que podrá solicitar, por ejemplo, aquella mujer que dejó de trabajar para cuidar a sus hijos y pasados los años el marido se divorcia sin causal y ella ya no está en condiciones de reinsertarse en el mundo laboral y ejercer su profesión". Ambas "indemnizaciones" no se superponen con la división de bienes, "van por otro camino”
PASOS A SEGUIR
Con DNI de ambos esposos, libreta, acta o certificado de matrimonio, partida de nacimiento y DNI de los hijos matrimoniales, fecha y lugar de la celebración del matrimonio y último domicilio conyugal en el que convivieron, uno o ambos cónyuges pueden solicitar el divorcio.
Además, la solicitud debe ir acompañada con una propuesta que regule los efectos derivados (esto se refiere a los bienes, y respecto de los menores, alimentos, tenencia y visitas).
Si el pedido fue unilateral, una vez que se presenta la demanda, se notifica al cónyuge de que está divorciado y éste tiene 15 días para analizar la propuesta
"Aunque no exista acuerdo sobre los temas económicos, eso no impedirá que se dicte la sentencia de divorcio"
"En estos casos el otro cónyuge puede rechazarla y ofrecer otra. El juez convocará a una audiencia cuando exista desacuerdo, pero, aunque no se logre el acuerdo, ello no impedirá que se dicte la sentencia de divorcio".
"En cambio si la propuesta es conjunta quedará perfeccionado el convenio regulador (será el régimen que regulará los efectos patrimoniales y personales)".


Consultas Dra. Verónica Velasco
email. veronica.velasco@hotmail.com 




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