jueves, 29 de mayo de 2014

La EPE debe adecuarse a la ley de defensa del consumidor

Al condenar a la EPE en una acción sumarísima planteada por la Unión de Usuarios y Consumidores, la Justicia le otorgó a la empresa un plazo de 180 días para que proceda a la adecuación.
La Empresa Provincial de la Energía deberá adecuar el Reglamento General para el Suministro y Comercialización del Servicio Eléctrico a las pautas establecidas en la Ley de Defensa del Consumidor.
Al condenar a la EPE en una acción sumarísima planteada por la Unión de Usuarios y Consumidores, la Sala Primera de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial le otorgó un plazo de 180 días para que proceda a la adecuación.
El tribunal de alzada considera que la presentación concierne a derechos de incidencia colectiva, asimismo entiende que en el Reglamento de la EPE existen claúsulas que no respetan derechos garantizados en la constitución nacional.
Los camaristas María de las Mercedes Serra, Ariel Ariza y Ricardo Silvestre puntualizan que la Ley de Defensa del Consumidor otorga al tema de la facturación en exceso un marco más detallado con diferencias notorias a las que  considera el Reglamente de la EPE.
La previsión reglamentaria de la empresa dispone la existencia de un libro de quejas. Por el contrario, la Ley menciona una serie de directivas para la atención los reclamos.
Se señala en la resolución que “al padecimiento que puede generar un corte del servicio no debe sumarse una segunda aflicción para el usuario consistente en superar limitaciones para acceder en forma personalizada a las explicaciones del proveedor”.

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